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Málaga (Benalmadena): Enfrentamiento entre los propietarios de las comunidades del Gamonal con Sofico, abogados, administradores y presidentes.

La Mala fe de Sofico

La negligencia de los abogados de las comunidades.

En el año 2015, la empresa SOFICO INVERSIONES, sorprende a las Comunidades de Propietarios del Gamonal, integrados por más de 1750 pisos (Edificios ÁGATA, HÉRCULES, IRIS Y ÁGUILA), interponiendo una demanda judicial contra éstas, reclamándoles para sí las propiedades de los Jardines, las Piscinas y los Aparcamientos, cuya posesión está en beneficio de las Comunidades desde que se habilitó el uso de las mismas en el año 1981, haciendo valer la promotora como argumento principal que eran ellos quienes figuraban como propietarios en el Registro de la Propiedad de Benalmádena. El proceso judicial se pierde en primera instancia y en segunda instancia, por la grave negligencia cometida por los Abogados de esas Comunidades, que trabajando de consuno y común acuerdo, no aportaron, teniéndolo a su disposición, un documento trascendental de fecha muy antigua que hubiera supuesto sin duda el triunfo de las Comunidades frente a SOFICO. Lo aportaron, de forma extemporánea (pasados 9 años), y con un pretexto irrisorio desechado por la Audiencia Provincial de Málaga (cerrando con ello además, la vía de un recurso extraordinario de revisión). Los presidentes, administradores, secretarios y abogados de esas cuatro Comunidades han venido dirigiendo desde hace décadas, las Comunidades, a modo de férreo bloque, con políticas presupuestarias abusivas y extractivas (unos 600.000 euros anuales de presupuesto por Comunidad) y aplastando la voluntad de los propietarios. Los cargos de gobierno de las cuatro Comunidades han sido siempre los mismos durante más de 30 años (algo que ya, de por sí, hace sospechar, en cargos que en el resto de Comunidades nadie quiere desempeñar por lo molestos que son, y gratuitos). Desde hace muchos años, el tándem Presidentes-Abogados, junto con un grupo reducido de propietarios, vienen imponiendo sistemáticamente sus decisiones en las sucesivas Juntas de Propietarios que se celebran, aprovechándose de la dispersión de los propietarios (muchos de ellos extranjeros o españoles residentes en distintas y distantes provincias). Para ello utilizan el sistema de acumular numerosas representaciones (sobre todo de extranjeros, con los que se comunican por ser los únicos que tiene su dirección de correo electrónico o postal), con lo cual tienen asegurada la mayoría en las Juntas y así conseguir votaciones favorables a todas y cada una de sus interesadas posiciones. Pero, además, dichas representaciones no han sido nunca examinadas ni verificadas, teniendo muchos propietarios la fundada convicción de que algunas de ellas son fraudulentas: así, de personas ya fallecidas, o que fueron concedidas para determinada Junta de hace ya muchos años, pero siguen utilizándose para las Juntas siguientes, o que, según su tenor, ya están caducadas o representaciones en que las firmas de los propietarios han sido sencillamente falsificadas. Algunos de dichos Presidentes -cosa insólita- acumulan también el cargo de Administrador y, además, el de empleado de la Comunidad, cobrando elevados sueldos. Las Juntas de 23 septiembre y 23 de noviembre de 2023 han sido históricas ya que es la primera vez en que los propietarios se han enfrentado a este perverso sistema y han tratado de controlar las citadas representaciones, limitando las mismas a un máximo de tres y examinando los datos de la identidad de los propietarios y sus firmas en cada una de ellas.

El resultado, respaldado por las Juntas masivas e históricas (en cuanto a participación) de IRIS y AGUILA de 6 de abril y 7 de abril de 2024, convocadas por el 25% de los propietarios ha sido aplastante: cese de todos los anteriores cargos de gobierno (algunos abucheados tras la votación) y autorización de acciones penales, civiles y administrativas contra ellos. A pesar de ello, los presidentes, abogados y administradores de las Comunidades IRIS, ÁGUILA y ÁGATA, se resisten a abandonar el cargo, lo que está provocando una ola de acciones judiciales contra ellos. En la Comunidad HÉRCULES, el presidente en funciones, con el cargo extinto, se niega a convocar elecciones (porque sabe que saldrá igualmente abucheado). Pues bien, en esa tesitura, se dicta sentencia de desestimación el recurso de apelación formulado por la anterior representación procesal de la Comunidad de Propietarios ÁGUILA, así como los formulados por las otras tres Comunidades de ÁGATA, HÉRCULES e IRIS, integrantes de un mismo complejo inmobiliario, con piscinas, jardines y aparcamientos comunes, confirmando así íntegramente la sentencia dictada en 1ª Instancia por el Juzgado nº 3 de Torremolinos que reconoció la propiedad de la sociedad demandante, SOFICO INVERSIONES, S.L., sobre dichos elementos de aprovechamiento común y condenó a las cuatro Comunidades mencionadas a restituirlos a la sociedad demandante, con condena en costas en ambas instancias. Ello supondría, como antes hemos indicado, perder elementos comunes por un valor aproximado de unos 12.000.000 euros, además de una devaluación del valor de los apartamentos (1.750 apartamentos) de aproximadamente el 30%. En ese procedimiento, los abogados defensores de dichas, que siempre actuaban de consuno y en equipo, han tenido una intervención no ya reprochable, sino gravemente negligente y de deslealtad profesional, al no haber aportado unos decisivos documentos que tenían en su poder (como en su 3 momento se probará) y no presentaron, a pesar de ser, con toda evidencia, transcendentales para la resolución del litigio a favor de las Comunidades. Tanto es así, que está en período de preparación y presentación inminente, con el respaldo de las firmas de más de 100 de propietarios de las cuatro Comunidades, una denuncia/querella contra los citados abogados, encomendada al Letrado, D. Bernardo Gómez Corraliza, por un posible delito de deslealtad profesional, tipificado en el art. 467.2 del Código Penal. En esa exacta tesitura, y al margen de la Propiedad Horizontal, mediante una Junta Libre y Mancomunada de Propietarios de las cuatro Comunidades, que se celebró el 11 de Agosto de 2023, fue constituida la Agrupación AHERIA, precisamente para defender los derechos e intereses de los propietarios frente a los abusos de los órganos de la Propiedad Horizontal, singularmente, los Presidentes y los Administradores, con el respaldo jurídico de los abogados, que actúan de modo similar en las cuatro Comunidades y forman un férreo bloque de intereses que, a pesar de haber sido cesados y revocados se niegan tenazmente a abandonar (lo que ya es claro indicio del montante económico que les va en ello). A pesar de ello, los vecinos están sufriendo el injusto mazazo de la justicia: la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Málaga ha denegado sin razón la sustitución del nuevo Abogado designado por los vecinos para el litigio contra SOFICO, haciendo tabla rasa de los acuerdos unánimes de las Juntas de Propietarios de IRIS y ÁGUILA y de un Auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº5 de Torremolinos que estima una medida cautelar de suspensión de acuerdos comunitarios de ÁGATA. Se han apresurado, además, a señalar la fecha para votación del recurso a toda rapidez, en tan sólo 8 días, cuando lo habitual son meses o años. Para colmo, ha decidido inadmitir los tres Recursos de Casación interpuestos por el Abogado legítimo de las Comunidades IRIS, ÁGATA y AGUILA, cuestión que pende de un Recurso de Queja ante el Tribunal Supremo. Algo huele raro en la justicia para que, en vez de respaldar los derechos pisoteados de los vecinos de las cuatro Comunidades frente a los abusos de SOFICO y sus anteriores órganos de gobierno, respalde las clamorosas ilegalidades de éstos y excluya con arbitrariedad la voluntad de las Juntas de Propietarios, órgano soberano de las Comunidades. Por lo tanto, a partir del año 2015, comienza un tortuoso vía crucis, en el que se ven envueltas las 4 Comunidades, cuya sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº3 de Torremolinos, en septiembre de 2022, luego de 7 años de tramitación de la causa, fue condenatoria en contra de las 4 Comunidades. Quedando expuesta la pésima y poco profesional defensa llevada a cabo por 3 abogadas y un abogado, contratados por las Comunidades, quienes NO aportaron a la causa los principales documentos, que acreditaban de forma indiscutible, que las Comunidades eran las Propietarias de las zonas en litigio. Seguidamente, hacia finales de 2022, y tras la sentencia de 1ª instancia dictada en contra de las 4 Comunidades, los Propietarios deciden que los abogados que las representan presenten recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, la cual emite su veredicto, en Marzo de 2024, ratificando la sentencia de 1ª Instancia dictada en contra de las Comunidades, comprobando éstas de manera inexplicable, que tampoco en esta ocasión, los abogados hubiesen presentado en el recurso los documentos que tenían en su poder desde siempre, y que de manera incontestable, habrían dado un vuelco a la causa en favor de las 4 Comunidades. Recordemos que en esos documentos (uno de fecha 3 de marzo de 1988 y el otro de fecha 12 de abril de 1988), se exponían claramente las condiciones de compra venta acodada entre las Comunidades y la Comisión Liquidadora de SOFICO, que de haber sido aportados al Juzgado en su debido momento, habrían permitido ganar el pleito a SOFICO, sin la menor duda. En un intento de salvar su honor, y ante la presión ejercida por un gran número de propietarios, los abogados que representan a las 4 Comunidades, quienes se suponía debían actuar en defensa de las mismas, decidieron aportar a la causa, de forma extemporánea, ante la Audiencia Provincial de Málaga, ambos documentos, uno el 31 de julio de 2023 y el otro el 20 de septiembre de 2023, fuera de todo plazo procesal, cuando, de haber actuado con diligencia profesional, lo deberían de haber presentado en el transcurso del juicio de primera instancia o, al menos, solicitando la autorización para la aportación de nuevas pruebas al interponer el recurso de apelación ante la A.P., cosa que no hicieron. Ni siquiera solicitaron “vista”, que habría sido muy útil en un asunto tan complejo. Por supuesto ambos documentos fueron inadmitidos y rechazados tanto por la Audiencia Provincial de Málaga como por la parte demandante, acusando la A.P a las Comunidades de fraude procesal y sentenciando la aplicación de una expresa condena en costas por mala fe o temeridad. La situación actual es que 3 de las 4 Comunidades, a través de los mismos abogados que han fracasado en las 2 primeras instancias, han presentado un recurso de Casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, cuya admisión por parte de éste tiene muy pocas probabilidades de prosperar, quedando en manos de la Justicia Divina el destino de unas áreas que nunca debieron ser sometidas a litigio por estar en posesión de uso y disfrute de más de 1.750 familias desde hace más de 43 años.

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